Mejora el aislamiento de tu fachada

Hoy amigos os aconsejamos utilizar el plan renove de fachadas de la Comunidad de Madrid, podrá solicitar la subvención cualquier persona propietaria o en alquiler que quiera incorporar aislamiento en la parte interior, exterior de la fachada o inyectado en la cámara de aire de la misma antes del 15 de octubre del 2012 o hasta que se agoten los fondos, aunque también han de cumplir:

–          Que sea un edificio de viviendas en la Comunidad de Madrid.

–          Que el material supere en resistencia térmica lo indicado en esta tabla, dependiendo de la calidad del aislante se conseguirá una subencion mayor o menor.

Cuantía de la ayuda Niveles de aislamiento: resistencia térmica mínima del aislamiento térmico(m2.K/W)
Máxima de un 22% 1.5
Máxima de un 35% 4

–          Que ese material este en la base de datos de materiales del plan renove.

–          Las fachadas  a aislar sean exteriores  pero no los cerramientos opacos a fin de cubrir ambientes exteriores tales como terrazas, tendederos etc.

El Plan cuenta con un presupuesto de 5 millones de euros y es bueno señalar que nunca podrá superar la ayuda en 10.000€ para una vivienda unifamiliar o de 300.000€ para un edificio de viviendas sobre el coste elegible de la obra incluyendo mano de obra, materiales, obra civil e instalaciones auxiliares pero nunca el IVA.

En la siguiente tabla se muestran las obras susceptibles de obtener la subvención:

Tipo de obra Actuaciones a subvencionar Actuaciones no subvencionables
Aislamiento por el exterior SATE (Sistemas de Aislamiento Térmico por el Exterior): mortero de adhesión, fijaciones, aislamiento, capa de armadura y acabado exterior Pintura cerramiento interior
Fachadas Ventiladas: rastreles, aislamiento, fijaciones, aplacado… Pintura cerramiento interior
Relleno en cámaras Aislamiento, preparación superficie y acabado interior o exterior dependiendo de donde se realice la intervención. Si se inyecta el aislamiento por el interior, no se subvencionarán mejoras en el exterior del cerramiento y viceversa.
Aislamiento por el interior Aislamiento, acabado interior. Mejoras en la superficie exterior de la fachada, andamios exteriores.

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El descuento se lo realizara directamente el propio instalador encargado de obra, para ello solo deberá acudir a una empresa adherida al plan renove y cumplir los requisitos, una vez hecho esto la empresa comprobara que aún quedan fondos disponibles y asi poder realizar el descuento en la factura.

Si eres empresa y quieres adherirte al grupo de empresas del plan renove de fachadas deberás cumplir los siguientes requisitos:

–          Rellenar el formulario de solicitud que podría encontrar en esta página web http://renovedefachadas.com/Renove/SolicitudInstaladorA.asp

–          Enviar al gestor de ANDIMAT el formulario perfectamente cumplimentado firmado y sellado, junto con fotocopia del CIF y fotocopia del IAE.

Luego ya solo esperar a que ANDIMAT le de de alta en la base de datos de empresas adheridas al plan. Para más información llamar al 915750746. Numero de ANDIMAT.

Y ya solo queda ahorrar en calefacción notando una menor perdida de calorías a través de vuestra fachada.

Plan Renove: Renovar el Aire Acondicionado de casa..

En este momento el aire acondicionado está en la situación ideal para comprar ya que durante las épocas de frio gracias a su momento de menos volumen de ventas sus precios descienden y ahora con más razón ya que la Comunidad de Madrid nos ayuda con una de sus subvenciones.

Podrás beneficiarte de estas subvenciones si la adquisición e instalación de equipos de aire acondicionado domésticos, cuya ubicación final sea en viviendas particulares de la Comunidad de Madrid, con una potencia térmica nominal en régimen de frío menor o igual a 12 kW y de clase A o superior en modo refrigeración o en modo refrigeración/calefacción que se encuentre en la siguiente base de datos, http://www.idae.es/ProductosEficientes/AccesoBusqAireAcondicionado.aspx

El dinero de la subvención dependerá de la potencia térmica de frio o capacidad frigorífica en kW y no por el calor según la siguiente tabla:

Potencia frigorífica (kW)

Incentivo (€/Equipo)

P < 5 kW

200

5 kW ≤ P < 10 kW

350

10 kW ≤ P ≤ 12 kW

450

La cuantía de la subvención no podrá ser mayor al 30% del coste sin incluir el IVA.

El coste incluye el precio del aparato y el de la instalación, sin contar los costes de albañilería.

Solo podrán pedir el incentivo las empresas adheridas al plan, con el nombre y cuenta del titular, para que una empresa pueda ser habilitada necesita darse de alta en www.renoveacondicionado.com completando el formulario al efecto y posteriormente remitir a ASEFOSAM, necesitaran:

  • Fotocopia de Certificado de Registro de Empresa Instaladora Térmica en vigor
  • Fotocopia de Inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos de la Comunidad de Madrid
  • Fotocopia del CIF/NIF de la empresa/autónomo
  • Acreditación de la disposición en propiedad o alquiler de un equipo de recuperación de gases refrigerantes que incluya copia de la placa de características del mismo.
  • Copia del Certificado de Empresa Instaladora, mantenedora o reparadora de aparatos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor, conforme a lo dispuesto en el Reglamento nº 303/2008 y Real Decreto 795/2010

Una vez ASEFOSAM reciba los documentos señalados anteriormente y proceda a su validación, remitirá a la Empresa Instaladora claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación.

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Aquí le dejamos un listado de todos los documentos que necesita para poder pedir la ayuda, debe tenerlo perfectamente cumplimentado y firmado tanto por el particular como por el responsable de la empresa:

  • DNI/NIE del solicitante.
  • Documentación justificativa de que el solicitante es titular del nº de cuenta indicado en la solicitud.
  • Declaración de ayudas concurrentes
  • Para instalaciones con potencia térmica nominal mayor o igual que 5 kW, certificado de la instalación inicial, o en defecto de éste, de la nueva instalación, diligenciado por Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI), según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios.
  • Factura/s de venta e instalación del equipo de aire acondicionado que deberá/n reflejar, como mínimo:
    • Fecha de venta/instalación.
    • Datos de la Empresa Instaladora Adherida (persona jurídica, CIF y sello original).
    • Datos del beneficiario (nombre, apellidos, DNI/NIE, domicilio y teléfono de contacto).
    • Datos del equipo de aire acondicionado vendido/instalado (tipo, marca y modelo de la unidad exterior y unidades interiores).
    • Dirección de instalación del equipo de aire acondicionado.
    • Desglose del coste del equipo de aire acondicionado, montaje, IVA.
  • Justificante bancario del pago (no serán incentivadles las sustituciones abonadas en efectivo).
  • Certificado emitido o sellado por el gestor autorizado de residuos (perteneciente a un SIG) que acredite la entrega del equipo sustituido para su reciclado, fecha y lugar de entrega, así como el nombre del SIG. Desde la propia aplicación informática, se facilitará un modelo de certificado.
  • Certificado de recogida del gas refrigerante del equipo sustituido emitido por la Empresa Instaladora Adherida

Toda esta información debe presentarla en las oficinas de ASEFOSAM y en persona no por correo en la dirección:

C/ ANTRACITA 7, 2ª PLANTA
De Lunes a Viernes: de 9:00h. a 14:00h.

Se darán subvenciones entre el 1 de enero del 2012 y el 1 de octubre de 2012 o hasta agotamiento de fondos.

Se recibirá el cobro mediante transferencia bancaria a la cuenta del particular.

Para más información visitahttp://www.renoveacondicionado.com/.

Ya sabéis aprovecharos de este plan y a pasar fresquito este verano.

Si tienes cualquier duda o quieres pedir presupuestos, estamos disponibles en el numero 91-314 35 45, en nuestro e-mail clientes@reinventatuespacio.com y a través de nuestra Web http://www.reinventatuespacio.com

Reinventa tu Espacio

Reinventa tu Espacio. Reformas en Madrid.

Reinventa tu Espacio. Empresas de reformas en Madrid.

Ayudas y Subvenciones de Detectores de Movimiento o Presencia

¿Cuántas veces no os ha pasado que entráis un segundo a una sala y os marcháis dejándoos la luz encendida? ¿el portal de vuestra comunidad esta 24 horas encendido derrochando energía contantemente? Es ahora el momento de despreocuparte de todo eso ya que la Comunidad de Madrid subvenciona con 60 € cada detector de movimiento que instaléis (exceptuando el garaje) con un máximo de 10.000 € por portal y nunca superando el 30% del total de la factura (sin IVA).

Pero ten cuidado al instalarlo ya que solo se subvencionan los detectores de presencia homologados que funcionen por infrarrojos, ajustables de temporización y la sensibilidad lumínica, que funcione con todo tipo de lámparas y que no sean inalámbricos. Sin importar la marca del aparato suficiente con que cumpla las características anteriormente mencionadas.

Para poder beneficiaros de esta subvención el detector ha de estar en el listado que encontrareis en esta página http://www.instaladetectores.com/apiem2011/

Podrá solicitarla cualquier comunidad de bienes, propietarios o fincas de propiedad con dos o más viviendas puede solicitar la subvención. También han de estar en la Comunidad de Madrid, los aparatos han de ser nuevos y la factura ha de llevar la instalación incluida. La subvención ha de solicitarla siempre el instalador autorizado en nombre de su cliente.

 La instalación ha de hacerla una empresa autorizada, puede consultarla en la página web anteriormente citada o llamando al número 91-594-52-71

Cuando vayan a solicitarlo han de presentar los siguientes documentos:

  • Boletín de solicitud del incentivo original firmado y sellado por las empresas instaladoras, así como por el representante del titular de la instalación.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal.
  • DNI/NIE persona representante.
  • Acta Comunidad de Propietarios con elección del Presidente/Administrador o escrituras en su caso, y/o documento de autorización de los representantes en los casos que sea necesario.
  • Declaración de no haber recibido otras ayudas de la Comunidad de Madrid para esta instalación (Anexo III)
  • Presupuesto del Instalador Autorizado desglosado.
  • Fotocopia de la factura desglosada aceptada por el titular con el suficiente detalle de actuaciones, para conocer el coste y el alcance de los trabajos acogidos al Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios.
  • Justificante bancario del titular beneficiado.

Las ayudas y subvenciones para la instalación de detectores de movimiento podrán solicitarlas hasta el 10 de octubre del 2012 o hasta son de los fondos otorgados por la Comunidad, y se cobraran con una transacción deseada a la cuenta del cliente.

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Plan Renove Calderas individuales

En este caso se informa de un plan renove para poder sustituir las calderas atmosféricas o estancas que usan gas o gasóleo por calderas de condensación con mayores niveles de eficiencia y seguridad.

Para poder obtener este plan en 2012 necesitamos superar una serie de requisitos, como son:
– Pertenecer a la Comunidad de Madrid.
– Los aparatos han de ser nuevos confirmados mediante factura.
– Que se reduzca el consumo en un 20% con respecto al aparato anterior.
– No se podría acoger al plan renové la compra de la caldera sin instalación.
– Para sustituirla tendremos que tener el anterior aparato con las inspecciones pasadas.
– El aparato anterior ha de ser inhabilitado.

Para solicitar el Plan Renové de Calderas, el titular de la instalación presentara toda la documentación en la sede de ASEFOSAM, situada en C/ Antracita, nº7-2ª Planta, 28045 Madrid, en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes. O llamar al 91-468-72-51.

La Comunidad de Madrid nos da unas ayudas de 255 € para calderas de gas y 400€ para calderas de gasóleo, limitándose al 30€ del coste del precio de la caldera mas el de su instalación sin incluir el IVA. Para gas natural aporta un máximo de 51€ si el aparato nuevo está conectado a su red de distribución.
Si es necesaria la instalación de suelo radiante, los precios anteriores se verán incrementados hasta con 500€ no superándose el 30% del precio.

Podrán solicitar este plan renove desde del 1 de enero del 2010 y antes de que se agote el presupuesto otorgado por la Comunidad de Madrid y hasta el 10 de abril del 2012. Se solicitara a ASEFOSAM quien transferirá la cuantia correspondiente una vez superados los requisitos exigidos.

Asi que ya sabéis, si vuestra caldera es vieja este es el momento de sustituirla, os saldrá más barata que en cualquier otro momento gracias a las ayudas.

Si tienes cualquier duda o quieres pedir presupuestos, estamos disponibles en el numero 91-314 35 45, en nuestro e-mail clientes@reinventatuespacio.com y a través de nuestra Web www.reinventatuespacio.com

Reforme sus viviendas en el Año 2012…

Si realiza reformas en cualquier vivienda o local comercial, verifique si puede aplicar la deducción por reformas. Si ademas es titular de dicha vivienda junto con su pareja, sepa que la deducción puede ser importante..

Deducción por obras y rehabilitación de Viviendas.

Ejemplo. Usted y su cónyuge son propietarios a mitad de su vivienda habitual, una segunda residencia y de un piso alquilado. Pues bien, no olvide que las reformas y obras que realice en cualquiera de dichas viviendas(no es necesario ya que se trate de viviendas habituales) les dará derecho a una deducción en el IRPF del 20 % de su coste, siempre que dichas obras y reformas consten en la Ley:

-La Instalación de un Ascensor en el Edifico o sustituirlo por uno más seguro.

-Realizar reformas y obras en su estructura para reforzarla (cimientos, vigas, etc.) o evitar humedades.

-Sustituir las instalaciones de electricidad, de agua o de gas.

Obras en Varias Viviendas

Si realiza obras en varias viviendas, con esta deducción usted podrá conseguir importante ahorros fiscales, sobre todo si tiene varias viviendas o pisos y es propietario de ellas junto con otra persona:

– En primer lugar, porque la inversión que puede acogerse a la deducción es de hasta 20.000 euros por vivienda.

– En segundo lugar, porque los limites que la Ley establece para aplicar la deducción son mas fáciles de eludir si hay dos titulares (ya que en la declaracion separada, los limites son independientes para cada contribuyente).

Limites. En concreto, la base de deducción por obras y reformas esta limitada a 6.750 euros al año para contribuyentes con una base imponible de hasta 53.007.,20 euros, reduciendose progresivamente para rentas superiore, no siendo aplicable a contribuyentes con base imponible superior a 70.007,20 euros.

Además, en caso de que el coste de las rehabilitaciones y obras supere estos limites, podrá aplicar la deducción por el exceso (hasta los 20.000 euros por vivienda) en los siguientes cuatro años.

Financiación de Obras y Reformas

Para poder disfutar de la deduccion por rehabilitacion, obras y reformas de viviendas deberá satisfacer el coste de las obras en 2012 mediate tarjeta, transferencia, cheque o ingreso en cuenta, pero nunca en efectivo.

Ademas, si no dispone de fondos para pagar en 2012 y ha de financiar la operacuon, no se preocupe: tambien podrá aplicar la deducción. Bastará con que el empresario que ha realizado las reformas u obras cobre todo su importe ete año, con independencia de que usted devuelva el prestamo en los años siguientes.

Recuerde que puede aplicar la deducción por obras y reformas que realice en todas sus viviendas, aunque no tenga el caracter de vivienda habitual. Si no tiene dinero suficiente, puede pedir financiación para la operación y pedir al banco más adelante.

Deducción por obras y reformas en Madrid.

Deducción por obras y reformas.

Si tiene cualquier duda o consulta, estamos disponibles en nuestra web www.reinventatuespacio.com, en nuestro mail: clientes@reinventatuespacio.com o a través de nuestro formulario.

Como mantener el calor de casa

En el anterior post de reinventa tu espacio te enseñamos a cómo crear el calor en el hogar, pues hoy os enseñaremos a mantener el calor dentro.
Primero debemos saber cómo se escapa el calor de nuestras casas para evitarlo, el calor se escapa por los muros, ventanas, puertas y huecos, los muros aíslan del calor por la cantidad de masa que tienen, también claro está, dependiendo esta claro de los materiales con los que este hecho y del espesor del aislante térmico.

– En las Ventanas, tenemos que diferenciar dos sitios, el calor se escapa por el cristal y por el marco, el cristal lo mejor es que fuera de doble acristalamiento que es un tipo en el que tiene dos cristales con una cámara de aire en medio que actúa de muy buen aíslate, el marco suele ser de aluminio, que deja pasar con muy poca resistencia el aire, por eso tienen los que se denomina “rotura de puente térmico” que con juntas de neopreno y aire evita el traspaso de temperatura. También debemos cubrir y tapar con silicona las juntas entre marco-cristal.

– En las puertas lo mismo, cuanta más masa mejor aíslan, aun así se escapa el calor por la junta entre el marco y suelo con la puerta, para esto existen dos tipos de cepillos inferiores para evitar la salida de calor.

Los hay que se atornillan en la puerta, por dentro, son unas gomas que permiten abrir y cerrar sin problemas mientras obstaculizan el paso de aire.

Existen otro tipo de topes que se colocan en el exterior de la puerta son unos topes de madera y se atornillan o se pegan al suelo. Estos cumplen dos funciones:
* Evitan el paso de aire.
* Impiden a los ladrones apalancar las puertas por debajo.

Otro truco muy bueno es dejar cerradas las puertas de baños y cocinas ya que estos disponen de huecos por donde se oxigenan estas salas por malos olores (baños) y por seguridad en caso de escape de gas (cocinas) por ello se escapa más calor en esas salas y cerrando las puertas los aislamos del resto de la casa.

Toda info en: www.reinventatuespacio.com

Si quieres contactar con nosotros puedes enviarnos un correo a: clientes@reinventatuespacio.com o en el teléfono 91- 314 35 45.

Trucos para ahorrar energía en casa

Bueno amigos, hoy, como todavía no se marchado esta crisis, os daremos unos trucos para ahorrarnos unos euros. Unos simples trucos que pueden no parecer mucho, pero haciéndolos, al final del mes lo notaremos en la factura y también en el bolsillo.

Puedes poner el frigorífico lejos de fuentes de calor y con espacio entre este y la pared para una buena ventilación, mete a descongelar los alimentos en la nevera para aprovechar la energía utilizada para congelarlos, así mismo no metas alimentos calientes.

Aprovecha hasta última hora la luz del día y cuando tengas que encender las bombillas intenta que sean de bajo consumo, ahorraras un 80% más de energía y duran 8 veces más asique gastaras menos dinero al comprarlas, y si son fluorescentes no lo apagues y enciendas cada vez que entres en la habitación ya que consumen muchísimo más en el encendido que manteniéndola enchufada.

En la cocina, utiliza la olla a presión y con poco agua de forma que usaras menos energía en hacerla hervir por lo que ahorraras un 50% de energía, y asi mismo con las otras ollas tapándola concentramos el calor y la energía.

Muchísimos de nuestros electrodomésticos y aparatos eléctricos gastan energía mientras creemos que están “apagados” aunque en realidad están en stand by esperando a que los conectemos de forma que si los apagamos del todo ahorramos mucha energía, un buen truco es tener un ladrón con interruptor de forma que de una vez podemos apagar todos estos  electrodomésticos.

Asique recordad que si usáis estos trucos ahorrareis un dinero que podréis disfrutar en cosas más divertidas.

Deducciones en vivienda habitual

Las deducciones por inversión en vivienda habitual -este es el nombre tributario que le da el fisco- incluyen los siguientes conceptos:

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

Ahora bien. Con los últimos cambios fiscales, obrantes a partir del periodo fiscal 2011, se ha cambiado completamente la esencia de esta deduccion por vivienda habitual. Si usted ha comprado la vivienda en años anteriores, los topes máximos a deducir por año, por todo concepto, es de 9.015 euros y, en el caso de vivienda habitual de una persona discapacitada, de 12.020 euros. Esta deducción tiene doble tope, ya que a los importes máximos antedichos se le agrega que la deducción de forma genérica no puede ser mayor al 15% de la base de desgravación. Esto es, del valor de la vivienda.

Sin embargo, si usted ha comprado la vivienda a partir del 1º de enero de 2011, todo cambia. La deducción por vivienda habitual 2011 se reduce sustancialmente y se tiene en cuenta la base imponible de la declaración de la renta de cada contribuyente para poder aplicar esta deducción o no. De esta manera, el Fisco ha dispuesto tres tramos distintos de bases imponibles:

  • Base imponible del IRPF sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales
  • Base imponible del IRPF comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: la base máxima de la deducción será de 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.
  • Bases imponibles superiores a 24.107,20 euros. No podrán aplicar la deducción por vivienda habitual.

Como podrá notar y hemos dicho antes, se ha perdido la esencia de esta deducción, ya que se elimina la deducción en bases imponibles relativamente bajas, convirtiendose en este caso en un impuesto regresivo en el caso de tener una base imponible mayor a 17.707,20 euros anuales (tan solo poco mas de 1475 € por mes…).

Ahora bien. Cualquiera que haya solicitado una hipoteca sabe que hay requisitos para que la otorguen, entre los que encontramos el valor de la nomina o los ingresos. Invitaría a los responsables de estos cambios fiscales a que se asesoraran a partir de que valor de la nomina otorgan una hipoteca cualquier banco. Como podrá imaginarse, en la inmensa mayoría de los casos si usted va con una nomina menor a 2.000 € lo invitarían a retirarse…

En fin. Los derechos adquiridos continuarán tomandose, pero las compras de nuevas propiedades a partir del 1º de enero sufrirán un importante costo fiscal extra, que en estos momentos de actualidad inmobiliaria, no ayudan mucho a la recomposición del mercado.

Feliz Navidad y Prospero Año Nuevo 2011

Desde Reinventa tu Espacio.com, te deseamos una feliz navidad y un prospero año nuevo. Esperamos poder seguir ayudandote de nuevo durante el año 2011.

Muchas gracias a todos por la confianza depositada en nosotros.

Feliz Navidad

Reinventa tu Espacio

Empresa de reformas, obras y construccion en Madrid

 

Feliz Navidad y Año Nuevo 2010

Desde Reinventa tu Espacio.com, te desemos una feliz navidad y un prospero año nuevo. Esperamos poder seguir ayudandote de nuevo durante el año 2010.

Muchas gracias a todos por la confianza depositada en nosotros.

Feliz Navidad

Reinventa tu Espacio