Reforme sus viviendas en el Año 2012…

Si realiza reformas en cualquier vivienda o local comercial, verifique si puede aplicar la deducción por reformas. Si ademas es titular de dicha vivienda junto con su pareja, sepa que la deducción puede ser importante..

Deducción por obras y rehabilitación de Viviendas.

Ejemplo. Usted y su cónyuge son propietarios a mitad de su vivienda habitual, una segunda residencia y de un piso alquilado. Pues bien, no olvide que las reformas y obras que realice en cualquiera de dichas viviendas(no es necesario ya que se trate de viviendas habituales) les dará derecho a una deducción en el IRPF del 20 % de su coste, siempre que dichas obras y reformas consten en la Ley:

-La Instalación de un Ascensor en el Edifico o sustituirlo por uno más seguro.

-Realizar reformas y obras en su estructura para reforzarla (cimientos, vigas, etc.) o evitar humedades.

-Sustituir las instalaciones de electricidad, de agua o de gas.

Obras en Varias Viviendas

Si realiza obras en varias viviendas, con esta deducción usted podrá conseguir importante ahorros fiscales, sobre todo si tiene varias viviendas o pisos y es propietario de ellas junto con otra persona:

– En primer lugar, porque la inversión que puede acogerse a la deducción es de hasta 20.000 euros por vivienda.

– En segundo lugar, porque los limites que la Ley establece para aplicar la deducción son mas fáciles de eludir si hay dos titulares (ya que en la declaracion separada, los limites son independientes para cada contribuyente).

Limites. En concreto, la base de deducción por obras y reformas esta limitada a 6.750 euros al año para contribuyentes con una base imponible de hasta 53.007.,20 euros, reduciendose progresivamente para rentas superiore, no siendo aplicable a contribuyentes con base imponible superior a 70.007,20 euros.

Además, en caso de que el coste de las rehabilitaciones y obras supere estos limites, podrá aplicar la deducción por el exceso (hasta los 20.000 euros por vivienda) en los siguientes cuatro años.

Financiación de Obras y Reformas

Para poder disfutar de la deduccion por rehabilitacion, obras y reformas de viviendas deberá satisfacer el coste de las obras en 2012 mediate tarjeta, transferencia, cheque o ingreso en cuenta, pero nunca en efectivo.

Ademas, si no dispone de fondos para pagar en 2012 y ha de financiar la operacuon, no se preocupe: tambien podrá aplicar la deducción. Bastará con que el empresario que ha realizado las reformas u obras cobre todo su importe ete año, con independencia de que usted devuelva el prestamo en los años siguientes.

Recuerde que puede aplicar la deducción por obras y reformas que realice en todas sus viviendas, aunque no tenga el caracter de vivienda habitual. Si no tiene dinero suficiente, puede pedir financiación para la operación y pedir al banco más adelante.

Deducción por obras y reformas en Madrid.

Deducción por obras y reformas.

Si tiene cualquier duda o consulta, estamos disponibles en nuestra web www.reinventatuespacio.com, en nuestro mail: clientes@reinventatuespacio.com o a través de nuestro formulario.

Deducciones en vivienda habitual

Las deducciones por inversión en vivienda habitual -este es el nombre tributario que le da el fisco- incluyen los siguientes conceptos:

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

Ahora bien. Con los últimos cambios fiscales, obrantes a partir del periodo fiscal 2011, se ha cambiado completamente la esencia de esta deduccion por vivienda habitual. Si usted ha comprado la vivienda en años anteriores, los topes máximos a deducir por año, por todo concepto, es de 9.015 euros y, en el caso de vivienda habitual de una persona discapacitada, de 12.020 euros. Esta deducción tiene doble tope, ya que a los importes máximos antedichos se le agrega que la deducción de forma genérica no puede ser mayor al 15% de la base de desgravación. Esto es, del valor de la vivienda.

Sin embargo, si usted ha comprado la vivienda a partir del 1º de enero de 2011, todo cambia. La deducción por vivienda habitual 2011 se reduce sustancialmente y se tiene en cuenta la base imponible de la declaración de la renta de cada contribuyente para poder aplicar esta deducción o no. De esta manera, el Fisco ha dispuesto tres tramos distintos de bases imponibles:

  • Base imponible del IRPF sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales
  • Base imponible del IRPF comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: la base máxima de la deducción será de 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.
  • Bases imponibles superiores a 24.107,20 euros. No podrán aplicar la deducción por vivienda habitual.

Como podrá notar y hemos dicho antes, se ha perdido la esencia de esta deducción, ya que se elimina la deducción en bases imponibles relativamente bajas, convirtiendose en este caso en un impuesto regresivo en el caso de tener una base imponible mayor a 17.707,20 euros anuales (tan solo poco mas de 1475 € por mes…).

Ahora bien. Cualquiera que haya solicitado una hipoteca sabe que hay requisitos para que la otorguen, entre los que encontramos el valor de la nomina o los ingresos. Invitaría a los responsables de estos cambios fiscales a que se asesoraran a partir de que valor de la nomina otorgan una hipoteca cualquier banco. Como podrá imaginarse, en la inmensa mayoría de los casos si usted va con una nomina menor a 2.000 € lo invitarían a retirarse…

En fin. Los derechos adquiridos continuarán tomandose, pero las compras de nuevas propiedades a partir del 1º de enero sufrirán un importante costo fiscal extra, que en estos momentos de actualidad inmobiliaria, no ayudan mucho a la recomposición del mercado.